martes, 4 de julio de 2023

Tema 7. El Proceso (clase 7)


1.               ¿Qué es el proceso?

El proceso es el conjunto complejo de actos del estado como soberano, de las partes interesadas y de los terceros ajenos a la relación sustancial, actos todos que tienden a la aplicación de una ley general a un caso concreto controvertido para solucionarlo o dirimirlo. Cipriano Gómez Lara

El proceso es la sucesión de actos jurídicos concatenados y realizados conforme al orden establecido en la ley, mediante los cuales se constituye, desarrolla y termina la relación jurídica que se establece entre el juzgador, las partes y las demás personas que en ella intervienen; y que tiene como finalidad dar solución al litigio planteado por las partes, a través de una decisión del juzgador basada en los hechos afirmados y probados y en el derecho aplicable.

El proceso agrupa las siguientes instituciones:

Ø  La Jurisdicción y la Competencia;
Ø  La Acción y la Pretensión
Ø  El Proceso mismo y el Procedimiento.

VESCOVI. “El proceso es el medio adecuado del Estado para resolver conflictos a través del Derecho procesal que establece el orden de los actos (procedimiento) para la correcta prestación de la actividad jurisdiccional.”

GUASP, James. “El proceso es un instrumento de satisfacción de pretensiones.”.

BERRIOS DE ANGELO, D. “El proceso es una coordinación de actos con la finalidad de administrar justicia.”

CARNELUTTI. F. “El proceso es el todo, el procedimiento es la parte de ese todo.”


2.               ¿Qué es el procedimiento?

El procedimiento se compone de la serie de actuaciones o diligencias sustanciales o tramitadas según el orden y la forma prescritos en cada caso por el legislador y relacionadas o ligadas entre sí por la unidad del efecto jurídico final, que puede ser el de un proceso o el de una fase o fragmento suyo. Clariá Olmedo

3.               ¿Cuál es el objeto del proceso?

a.    Objeto General.- La aplicación de la norma jurídica sustantiva (Código Civil) al caso concreto (proceso entre A y B).  

b.    Objeto Particular.- Reconocer la pretensión de una de las partes.

4.               ¿Cuál es la finalidad del proceso?

Restablecer la paz social a través de la solución del conflicto, la restauración del orden vulnerado y la búsqueda de una convivencia feliz.

En sentido estricto la finalidad del proceso es:

Ø  en lo civil restituir el orden o un derecho o satisfacer una pretensión;

Ø  en lo penal descubrir la verdad de la existencia de un delito, un delincuente y relacionar el delito al delincuente;

Ø  en lo político y social combatir la delincuencia y educar jurídicamente al pueblo.

5.          ¿Cuáles son los lados del hexágono que rodea al acto procesal? Alcalá-Zamora y Castillo

a)    ¿Forma?  La forma o requisitos.- Esta referido al desenvolvimiento o desarrollo del proceso a través de sus etapas, que inicia con una demanda y concluye con una sentencia.

b)    ¿Qué?     La naturaleza o materia.- Es indagar la naturaleza jurídica, es ver de qué tipo de institución o fenómeno es.

c)    ¿Para qué? La finalidad del proceso.- Es tratar de las finalidades que se logra, que se pretende obtener a través del proceso, por ejemplo el proceso civil tiene una finalidad que consiste en resolver un conflicto de intereses o una incertidumbre jurídica.

d)    ¿Quiénes? Los sujetos del proceso.- Es hablar de quiénes intervienen, se subraya la importancia de la participación de los sujetos procesales: el juez, actor, demandado, terceros y auxiliare en la impartición de justicia.

e)    ¿Cuándo? El tiempo y los plazos.- Responde a la temporalidad del proceso como fenómeno transitorio, es tratar los aspectos temporales, cuando y en qué oportunidades deben hacerse valer los actos procesales, cuando se deben realizar, en que tiempo.


f)      ¿Dónde? El espacio y  lugar del acto procesal.- Hace referencia al lugar físico en dónde tienen celebración los actos procesales o donde tienen su sede o domicilio los órganos jurisdiccionales.
  
6.               ¿Cuál es el origen, recorrido, meta y complemento de todo proceso?

Todo proceso arranca de un presupuesto (litigio), se desenvuelve a lo largo de un recorrido (procedimiento) y persiga alcanzar una meta (sentencia) de la que se derive un complemento (ejecución).

7.               ¿Cuáles son las dos grandes etapas del proceso?

a)    Instrucción

Es la primera fase de preparación que permite al juez o al tribunal la concentración de todos los datos. Las negativas y las deducciones de todos los sujetos interesados y terceros, para que el Juez o tribunal esté en posibilidad de dictar la sentencia.

Es aquella fase en la que las partes exponen sus pretensiones, resistencias y defensas, y en el que las partes, los tribunales y los terceros desenvuelven toda la actividad de información y de instrucción al tribunal, haciendo posible que este tenga preparado todo el material necesario para dictar sentencia.

La etapa de instrucción comienza con el ejercicio de la acción y concluye en el momento de la citación para dictar sentencia, instante en el que tiene lugar la segunda etapa del proceso denominada juicio. La etapa de instrucción, a su vez, se subdivide en otras tres: la postulatoria, la probatoria y la conclusiva.

b)    Juicio

Es la segunda etapa del proceso que entraña el procedimiento a través de cual se dicta o pronuncia la resolución respectiva.

La segunda etapa del proceso se denomina “juicio” y es el acto en el que el juez hace un estudio de los hechos narrados por las partes en sus respectivos escritos, valorando, bajo su más amplio criterio, todas aquellas pruebas rendidas en juicio que juegan un papel muy importante, ya que permiten formar el juicio que resolverá el litigio, es decir, la sentencia definitiva, cuyo efecto será poner fin a la controversia entablada.

8.               ¿Qué es la instrucción previa averiguación previa?

La instrucción o averiguación previa es una fase preprocesal desenvuelta ante las autoridades estatales que tienen como atribución la persecución de los delitos y los delincuentes. Es una instrucción policiaca mediante la cual los órganos de la acusación deben reunir los elementos con los que den base o fundamento al ejercicio ulterior de la acción penal ante un juez o ante un órgano judicial. Pero la instrucción intraprocesal; en este caso la instrucción intraprocesal no se abre hasta que se haya ejercicio la acción de ese órgano de acusación.

9.               ¿Cuáles son las etapas del proceso?

a)    Etapa expositiva o postulatoria

En esta etapa las partes expresan, en sus demandas, contestaciones y reconvenciones, sus pretensiones y resistencias, relatan los hechos y las disposiciones jurídicas en que fundan aquellas. En esta etapa se plantea el litigio ante el juzgador.

El actor postula, demanda o pide, es decir, expone sus pretensiones o aspiraciones, mismas que deben encontrarse basadas en circunstancias que en la práctica se denominan de hecho y de derecho.

Estas pretensiones o aspiraciones se reclaman de otra persona a quien se denomina “deudor” o “demandado” y quien, por regla general, opondrá resistencia a los pedimentos del actor.

Esta etapa determina la litis, misma que se fija mediante un escrito inicial de demanda del actor y la contestación producida por el demandado, ocursos que contienen los puntos que serán objeto de debate jurídico y que también serán objeto de pruebas, alegatos. Finalmente, se dicta una sentencia que pondrá fin al litigio de que se trata.

b)    Etapa probatoria o demostrativa

Esta etapa se desenvuelve en cuatro momentos:

Ø  Ofrecimiento de la prueba
Ø  Admisión de la prueba
Ø  Preparación de la prueba
Ø  Desahogo de la prueba

En esta etapa las partes y el juzgador realizan los actos tendientes a probar los hechos controvertidos; esta etapa se desarrolla a través de los actos de ofrecimiento o proposición de los medios de prueba, su admisión o desechamiento, la preparación de las pruebas admitidas y la práctica, ejecución o desahogo de los medios de pruebas admitidos y preparados.

En la etapa probatoria cada una ofrecerá al juez los medios de convicción para corroborar lo afirmado en su respectivo escrito de demanda o bien de contestación.

La etapa probatoria se desarrolla en cuatro momentos: el primero se denomina “de ofrecimiento”, y constituye el acto en el que las partes proponer al juez los medios que confirmarán su respectiva verdad de lo acontecido.

La admisión de pruebas es desarrollada por el juzgador, quien apegado a lo que señala la ley procedimental, aprueba o desecha las pruebas propuestas por las partes. Este momento comprende el señalamiento, por parte del juzgador, del día y la hora en la que tendrá verificativo determinada prueba, como la confesional o la testimonial, mismas que requieren de la presencia de la persona llamada para el desahogo de la misma.

El siguiente momento “de preparación” comprende los actos vinculados con el desahogo oportuno y en forma de las pruebas ofrecidas. Por ejemplo: al hacer referencia a una prueba pericial, esta etapa comprenderá el nombramiento y aceptación del cargo de perito, y se solicitará a las partes que exhiban los puntos sobre los que debe versar dicha probanza.

El momento del “desahogo de las pruebas” que se encuentran debidamente ofrecidas y admitidas.

c)    Etapa conclusiva

En esta etapa las partes expresan sus alegaciones o conclusiones respecto de la actividad procesal precedente y el juzgador también expone sus propias conclusiones en la sentencia, poniendo término al proceso en su primera instancia.

La etapa de instrucción termina en la denominada “etapa conclusiva” que es aquélla que comprende la formulación de alegatos (en materia civil o mercantil) o conclusiones (en materia penal).

Los “alegatos” o “conclusiones” son una serie de sinopsis que la parte oferente de ellos hace ante el tribunal respecto del juicio desarrollado ante este. Estas alegaciones incluyen los razonamientos que cada parte formulará por su propia cuenta y hará un razonamiento en el cual señale los puntos más importantes que durante el proceso han de ser tomados en cuenta por el juzgador para concederle, -según el razonamiento de la parte que elabore estas conclusiones o alegatos- la razón en virtud de haber probado su verdad.

d)    Etapa impugnativa

En esta etapa las partes las partes hacen valer los medios de defensa que tiene en contra de la sentencia que les es adversa.

10.            ¿Cuáles son los principios procesales

Los principios procesales son los criterios o ideas fundamentales, contenidas en forma explícita o implícita en el ordenamiento jurídico, que señalan las características principales del derecho procesal y sus diversos sectores, y que orientan el desarrollo de la actividad procesal

a)    Principio de contradicción

Este principio impone al juzgador el deber de resolver sobre las promociones que le formule cualquiera de las partes, oyendo previamente las razones de la contraparte o, al menos, dándole la oportunidad para que las exprese.

b)    Principio de igualdad

Este principio deriva del artículo 13 constitucional e impone al legislador y al juzgador el deber de conferir a las partes las mismas oportunidades procesales para exponer sus pretensiones y excepciones, para probar los hechos en que se basen aquellas y para expresar sus propios alegatos o conclusiones.

c)    Principio de preclusión

Este principio establece que la pérdida, extinción o consumación de una facultad procesal puede resultar de tres situaciones:

Ø  Por no haberse observado el orden oportunidad dado por la ley para la realización de un acto
Ø  Por haberse cumplido una actividad incompatible con el ejercicio de otra
Ø  Por haberse ejercido ya una vez, válidamente esa facultad

d)    Principio de economía procesal

Este principio establece que se debe tratar de lograr en el proceso los mayores resultados posibles, con el menor empleo posible de actividades, recursos y tiempos.

e)    Principio de gratuidad

Todos los actos y actuaciones que se desarrollen durante el proceso no causarán impuesto alguno, por tanto, la impartición de la justicia por parte de las autoridades será gratuita.

f)      Principio dispositivo      

Los juicios se inician a instancia de parte y no de oficio, correspondiendo a estas la obligación de impulsar y estimular el procedimiento a efecto de lograr la resolución final por parte del juzgador.

g)    Principio inquisitivo