1.
¿Qué es el proceso?
El proceso es el conjunto complejo de actos del estado como soberano, de
las partes interesadas y de los terceros ajenos a la relación sustancial, actos
todos que tienden a la aplicación de una ley general a un caso concreto
controvertido para solucionarlo o dirimirlo. Cipriano Gómez Lara
El proceso es la sucesión de actos jurídicos concatenados y realizados
conforme al orden establecido en la ley, mediante los cuales se constituye,
desarrolla y termina la relación jurídica que se establece entre el juzgador,
las partes y las demás personas que en ella intervienen; y que tiene como
finalidad dar solución al litigio planteado por las partes, a través de una
decisión del juzgador basada en los hechos afirmados y probados y en el derecho
aplicable.
El proceso
agrupa las siguientes instituciones:
Ø La
Jurisdicción y la Competencia;
Ø La
Acción y la Pretensión
Ø El
Proceso mismo y el Procedimiento.
VESCOVI. “El
proceso es el medio adecuado del Estado para resolver conflictos a través del
Derecho procesal que establece el orden de los actos (procedimiento) para la
correcta prestación de la actividad jurisdiccional.”
GUASP,
James. “El proceso es un instrumento de satisfacción de pretensiones.”.
BERRIOS
DE ANGELO, D. “El proceso es una coordinación de actos con la finalidad de
administrar justicia.”
CARNELUTTI.
F. “El proceso es el todo, el procedimiento es la parte de ese todo.”
2.
¿Qué es el procedimiento?
El procedimiento se compone de la serie de actuaciones o diligencias
sustanciales o tramitadas según el orden y la forma prescritos en cada caso por
el legislador y relacionadas o ligadas entre sí por la unidad del efecto
jurídico final, que puede ser el de un proceso o el de una fase o fragmento
suyo. Clariá Olmedo
3.
¿Cuál es el objeto del proceso?
a.
Objeto General.- La aplicación de la
norma jurídica sustantiva (Código Civil) al caso concreto (proceso entre A y
B).
b.
Objeto Particular.- Reconocer la
pretensión de una de las partes.
4.
¿Cuál es la finalidad del proceso?
Restablecer la paz social a través de la solución
del conflicto, la restauración del orden vulnerado y la búsqueda de una
convivencia feliz.
En sentido estricto la finalidad del proceso es:
Ø en lo
civil restituir el orden o un derecho o satisfacer una pretensión;
Ø en lo
penal descubrir la verdad de la existencia de un delito, un delincuente y
relacionar el delito al delincuente;
Ø en lo
político y social combatir la delincuencia y educar jurídicamente al pueblo.
5. ¿Cuáles son los lados del hexágono que rodea al acto
procesal? Alcalá-Zamora y Castillo
a)
¿Forma? La forma o requisitos.- Esta referido al
desenvolvimiento o desarrollo del proceso a través de sus etapas, que inicia con
una demanda y concluye con una sentencia.
b)
¿Qué? La naturaleza o materia.- Es indagar la
naturaleza jurídica, es ver de qué tipo de institución o fenómeno es.
c)
¿Para qué? La finalidad
del proceso.- Es tratar de las finalidades que se logra, que se pretende
obtener a través del proceso, por ejemplo el proceso civil tiene una finalidad
que consiste en resolver un conflicto de intereses o una incertidumbre
jurídica.
d)
¿Quiénes? Los sujetos del
proceso.- Es hablar de quiénes intervienen, se subraya la importancia de la
participación de los sujetos procesales: el juez, actor, demandado, terceros y
auxiliare en la impartición de justicia.
e)
¿Cuándo? El tiempo y los plazos.-
Responde a la temporalidad del proceso como fenómeno transitorio, es tratar los
aspectos temporales, cuando y en qué oportunidades deben hacerse valer los
actos procesales, cuando se deben realizar, en que tiempo.
f)
¿Dónde? El espacio y lugar del acto procesal.- Hace referencia al
lugar físico en dónde tienen celebración los actos procesales o donde tienen su
sede o domicilio los órganos jurisdiccionales.
6.
¿Cuál es el origen, recorrido, meta y complemento de
todo proceso?
Todo proceso arranca de un presupuesto (litigio), se desenvuelve a lo
largo de un recorrido (procedimiento) y persiga alcanzar una meta (sentencia)
de la que se derive un complemento (ejecución).
7.
¿Cuáles son las dos grandes etapas del proceso?
a)
Instrucción
Es la primera fase de preparación que permite al juez
o al tribunal la concentración de todos los datos. Las negativas y las deducciones
de todos los sujetos interesados y terceros, para que el Juez o tribunal esté
en posibilidad de dictar la sentencia.
Es aquella fase en la que las partes exponen sus
pretensiones, resistencias y defensas, y en el que las partes, los tribunales y
los terceros desenvuelven toda la actividad de información y de instrucción al
tribunal, haciendo posible que este tenga preparado todo el material necesario
para dictar sentencia.
La etapa de instrucción comienza con el ejercicio de la acción y
concluye en el momento de la citación para dictar sentencia, instante en el que
tiene lugar la segunda etapa del proceso denominada juicio. La etapa de
instrucción, a su vez, se subdivide en otras tres: la postulatoria, la
probatoria y la conclusiva.
b)
Juicio
Es la segunda etapa del proceso que entraña el
procedimiento a través de cual se dicta o pronuncia la resolución respectiva.
La
segunda etapa del proceso se denomina “juicio” y es el acto en el que el juez
hace un estudio de los hechos narrados por las partes en sus respectivos escritos,
valorando, bajo su más amplio criterio, todas aquellas pruebas rendidas en
juicio que juegan un papel muy importante, ya que permiten formar el juicio que
resolverá el litigio, es decir, la sentencia definitiva, cuyo efecto será poner
fin a la controversia entablada.
8.
¿Qué es la instrucción previa averiguación previa?
La instrucción o averiguación previa es una fase preprocesal desenvuelta
ante las autoridades estatales que tienen como atribución la persecución de los
delitos y los delincuentes. Es una instrucción policiaca mediante la cual los
órganos de la acusación deben reunir los elementos con los que den base o
fundamento al ejercicio ulterior de la acción penal ante un juez o ante un
órgano judicial. Pero la instrucción intraprocesal; en este caso la instrucción
intraprocesal no se abre hasta que se haya ejercicio la acción de ese órgano de
acusación.
9.
¿Cuáles son las etapas del proceso?
a)
Etapa expositiva o postulatoria
En esta etapa las partes expresan, en sus demandas,
contestaciones y reconvenciones, sus pretensiones y resistencias, relatan los
hechos y las disposiciones jurídicas en que fundan aquellas. En esta etapa se
plantea el litigio ante el juzgador.
El actor postula, demanda o pide, es decir, expone sus pretensiones o
aspiraciones, mismas que deben encontrarse basadas en circunstancias que en la
práctica se denominan de hecho y de derecho.
Estas pretensiones o aspiraciones se reclaman de otra persona a quien se
denomina “deudor” o “demandado” y quien, por regla general, opondrá resistencia
a los pedimentos del actor.
Esta etapa determina la litis, misma que se fija mediante un
escrito inicial de demanda del actor y la contestación producida por el
demandado, ocursos que contienen los puntos que serán objeto de debate jurídico
y que también serán objeto de pruebas, alegatos. Finalmente, se dicta una
sentencia que pondrá fin al litigio de que se trata.
b)
Etapa probatoria o demostrativa
Esta etapa se desenvuelve en cuatro momentos:
Ø Ofrecimiento de la prueba
Ø Admisión de la prueba
Ø Preparación de la prueba
Ø Desahogo de la prueba
En esta etapa las partes y el juzgador realizan los
actos tendientes a probar los hechos controvertidos; esta etapa se desarrolla a
través de los actos de ofrecimiento o proposición de los medios de prueba, su
admisión o desechamiento, la preparación de las pruebas admitidas y la
práctica, ejecución o desahogo de los medios de pruebas admitidos y preparados.
En la etapa
probatoria cada una ofrecerá al juez los medios de convicción para corroborar
lo afirmado en su respectivo escrito de demanda o bien de contestación.
La
etapa probatoria se desarrolla en cuatro momentos: el primero se denomina “de
ofrecimiento”, y constituye el acto en el que las partes proponer al juez los
medios que confirmarán su respectiva verdad de lo acontecido.
La admisión de pruebas
es desarrollada por el juzgador, quien apegado a lo que señala la ley
procedimental, aprueba o desecha las pruebas propuestas por las partes. Este
momento comprende el señalamiento, por parte del juzgador, del día y la hora en
la que tendrá verificativo determinada prueba, como la confesional o la
testimonial, mismas que requieren de la presencia de la persona llamada para el
desahogo de la misma.
El siguiente momento “de
preparación” comprende los actos vinculados con el desahogo oportuno y en forma
de las pruebas ofrecidas. Por ejemplo: al hacer referencia a una prueba
pericial, esta etapa comprenderá el nombramiento y aceptación del cargo de
perito, y se solicitará a las partes que exhiban los puntos sobre los que debe
versar dicha probanza.
El momento del “desahogo
de las pruebas” que se encuentran debidamente ofrecidas y admitidas.
c)
Etapa conclusiva
En esta etapa las partes expresan sus alegaciones o
conclusiones respecto de la actividad procesal precedente y el juzgador también
expone sus propias conclusiones en la sentencia, poniendo término al proceso en
su primera instancia.
La
etapa de instrucción termina en la denominada “etapa conclusiva” que es aquélla
que comprende la formulación de alegatos (en materia civil o mercantil) o
conclusiones (en materia penal).
Los “alegatos” o
“conclusiones” son una serie de sinopsis que la parte oferente de ellos hace
ante el tribunal respecto del juicio desarrollado ante este. Estas alegaciones
incluyen los razonamientos que cada parte formulará por su propia cuenta y hará
un razonamiento en el cual señale los puntos más importantes que durante el
proceso han de ser tomados en cuenta por el juzgador para concederle, -según el
razonamiento de la parte que elabore estas conclusiones o alegatos- la razón en
virtud de haber probado su verdad.
d)
Etapa impugnativa
En esta etapa las partes las partes hacen valer los
medios de defensa que tiene en contra de la sentencia que les es adversa.
10.
¿Cuáles son los principios procesales
Los principios procesales son los criterios o ideas fundamentales, contenidas
en forma explícita o implícita en el ordenamiento jurídico, que señalan las
características principales del derecho procesal y sus diversos sectores, y que
orientan el desarrollo de la actividad procesal
a)
Principio de contradicción
Este principio impone al juzgador el deber de resolver
sobre las promociones que le formule cualquiera de las partes, oyendo
previamente las razones de la contraparte o, al menos, dándole la oportunidad
para que las exprese.
b)
Principio de igualdad
Este principio deriva del artículo 13 constitucional e
impone al legislador y al juzgador el deber de conferir a las partes las mismas
oportunidades procesales para exponer sus pretensiones y excepciones, para
probar los hechos en que se basen aquellas y para expresar sus propios alegatos
o conclusiones.
c)
Principio de preclusión
Este principio establece que la pérdida, extinción o
consumación de una facultad procesal puede resultar de tres situaciones:
Ø Por no haberse observado el orden oportunidad dado por la ley para la realización
de un acto
Ø Por haberse cumplido una actividad incompatible con el ejercicio de otra
Ø Por haberse ejercido ya una vez, válidamente esa facultad
d)
Principio de economía procesal
Este principio establece que se debe tratar de lograr
en el proceso los mayores resultados posibles, con el menor empleo posible de
actividades, recursos y tiempos.
e)
Principio de
gratuidad
Todos los actos y actuaciones que se desarrollen
durante el proceso no causarán impuesto alguno, por tanto, la impartición de la
justicia por parte de las autoridades será gratuita.
f)
Principio dispositivo
Los juicios se inician a instancia de parte y no de
oficio, correspondiendo a estas la obligación de impulsar y estimular el
procedimiento a efecto de lograr la resolución final por parte del juzgador.
g)
Principio inquisitivo